Inversión extranjera

(Artículos 27, 32 y 73 constitucionales)   Hay que señalar que la inversión extranjera tiene dos vertientes: la directa y la indirecta. En la presente definición sólo nos referiremos a la directa, excluyendo la indirecta ya que ésta se refiere a los empréstitos en moneda extranjera o a los concedidos por instituciones o empresas del

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