Reelección

(Artículos 59, 83,115 y 116 constitucionales)   El precepto de “elecciones” proviene del latín electionis que es la acción y efecto de elegir a través del voto a personas que habrán de ocupar un cargo o representación. La reelección es, por ende, la posibilidad de elegirse de manera continua.  

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