Delito

(Artículos 16, 18, 21 y 73 constitucionales)   La palabra delito proviene del latín delinquere, cuyo significado es abandonar, apartarse del buen camino o alejarse del sendero señalado por la ley.  De acuerdo con el Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, delito es: “acción u omisión ilícita y culpable expresamente

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(Artículos 104 y 105 constitucionales) Es un medio de control constitucional del que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el cual se puede denunciar una probable

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