Monopolio

(Artículo 28 constitucional)   El monopolio se puede definir como una actividad de mercado por la cual alguno de sus participantes, generalmente una industria, posee un producto claramente diferenciado de sus competidores que lo hacen único y le permiten imponer condiciones de venta, precio y comercialización únicas. Esta definición implica que el producto señalado no

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(Artículos 104 y 105 constitucionales) Es un medio de control constitucional del que conoce la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante el cual se puede denunciar una probable

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